El término «derecho subjetivo» se refiere a una facultad o prerrogativa reconocida a un individuo o grupo por el ordenamiento jurídico, que les permite exigir de otra persona o del Estado una determinada conducta, ya sea en forma de acción o de omisión. Es decir, es un derecho que puede ser reclamado ante los tribunales y defendido de manera personal y directa por el titular del mismo.
Los derechos subjetivos son concretos y están vinculados a intereses personales, en contraposición a los derechos objetivos, que son normas o reglas que no confieren una facultad directa a un sujeto en particular, sino que ordenan o regulan la conducta social en general.
Por ejemplo, en el contexto de los servicios sociales y la legislación española, un derecho subjetivo puede manifestarse en el derecho a recibir una prestación por dependencia. Si está legalmente reconocido como un derecho subjetivo, el individuo puede reclamar esa prestación y, si no se le concede, puede acudir a los tribunales para exigir su cumplimiento.
Esto significa que los derechos subjetivos confieren un poder jurídico directo al ciudadano, proporcionándole la agencia para exigir el cumplimiento de lo que la ley establece como debido a su favor. La evolución de las prestaciones de servicios sociales hacia el reconocimiento de derechos subjetivos ha sido una transformación significativa en la garantía de estos derechos, puesto que fortalece la capacidad de los individuos para reclamar ante el Estado la efectividad de las prestaciones que les corresponden.
Un ejemplo clásico de derecho subjetivo es el derecho a la educación. Supongamos que en un país determinado, la ley establece que todos los niños tienen derecho a recibir educación gratuita hasta cierto nivel. Si una niña, llamémosla Ana, no tiene acceso a una escuela debido a políticas locales o falta de recursos, ella (o sus tutores legales) puede reclamar este derecho ante las autoridades competentes. Si las autoridades no toman medidas para garantizar que Ana pueda ir a la escuela, la ley permitiría a Ana o a sus tutores llevar el caso ante un tribunal y exigir que se cumpla su derecho a la educación.
El tribunal entonces puede ordenar a la entidad responsable (por ejemplo, el ministerio de educación o el gobierno local) que tome las medidas necesarias para asegurar que Ana reciba la educación que le garantiza la ley. Aquí, el derecho subjetivo es la capacidad legal de Ana para exigir y recibir una educación, y el sistema jurídico ofrece un mecanismo para hacer valer ese derecho.
« Back to Glossary Index