ACCIONES LEGISLATIVAS Y ADMINISTRATIVAS SOBRE LA POBREZA EN LOS INICIOS DE LA EDAD MODERNA ESPAÑOLA

En los momentos iniciales del siglo XVI en España, dos dinámicas fundamentales merecen atención detenida:

Por un lado, el efímero pero notorio auge económico que situó a España en una posición de esplendor, pero a la vez desencadenó problemas sociales profundos que reverberarían a lo largo de varias centurias. Por otro lado, la progresiva transición desde el teocentrismo medieval hacia una perspectiva más antropocéntrica del mundo.

Estos dos ejes cimentaron un proceso de secularización que, durante la Edad Moderna, desplazó gradualmente la responsabilidad de la asistencia social desde la Iglesia y la caridad privada hacia las instituciones públicas.

En este contexto, cobran sentido las iniciativas legislativas y administrativas impulsadas por la Monarquía española en el siglo XVI, aún estrechamente ligadas a la visión caritativa promovida por las autoridades eclesiásticas. Estas acciones muestran similitudes notables con el sistema de «leyes de pobres» adoptado en el noveno parlamento de la Reina Isabel I de Inglaterra en 1598, y ratificado en 1601, como respuesta a dos prolongados periodos de desempleo y escasez.

Entre las disposiciones del sistema isabelino de las «leyes de pobres» se encontraban:

  • La obligación de las autoridades locales de categorizar a los pobres, diferenciando entre aquellos auténticos y los falsos mendigos.
  • La implementación de trabajo obligatorio para los mendigos aptos para laborar.
  • La limitación de la asistencia material a quienes realmente la necesitaban.
  • La instauración de una figura similar a los inspectores de pobres, conocidos como «overseers of the poor», que guarda cierta semejanza con otras figuras creadas por la Monarquía de los Austrias en el siglo XVI, como el «Padre de Pobres».

Esta convergencia de medidas legislativas y la evolución social que desencadenaron reflejan un período de transformación en la percepción y abordaje de la pobreza en la Europa de la Edad Moderna.

Acciones legislativas

Durante los albores de la Edad Moderna en España, la Monarquía no pasó por alto el desafío social de la pobreza. A lo largo del siglo XVI, observamos la emisión de una serie de normativas referentes a los pobres, en su mayoría como respuesta a demandas reiteradas de los representantes en las Cortes. Esto evidencia que estas medidas no siempre se implementaron rigurosamente.

Destacaremos, siguiendo las contribuciones de Alonso Seco y Gonzalo González (2000:56-60), algunas de las disposiciones más significativas:

  • Ordenamiento de las Cortes de Valladolid (1523): Esta fue la primera regulación que prohibió la libre circulación de los pobres dentro del Reino de Castilla, permitiendo la mendicidad solo en sus lugares de origen.
  • Ordenamiento de las Cortes de Toledo (1525): Esta disposición enfatizó la necesidad de reducir el número de hospitales, solicitando uno por cada pueblo. Además, se inició la distinción entre verdaderos y falsos pobres, y se requirió licencia municipal para mendigar.
  • Ordenamiento de las Cortes de Madrid (1528): Aquí se identificó el incumplimiento del Ordenamiento de las Cortes de Valladolid en 1523, ya que los pobres pedían limosna fuera de sus lugares de origen sin impedimento. Se propusieron sanciones tanto para los pobres como para los corregidores.
  • Ordenamiento de las Cortes de Segovia (1532): Este ordenamiento reiteró la solicitud de reducir hospitales y propuso la creación de dos hospitales en cada localidad, uno para enfermos contagiosos y otro para pobres.
  • Ordenamiento de las Cortes de Madrid (1534): Aquí se presentó una primera clasificación de la pobreza y se establecieron tres tipos de medidas: punitivas para vagabundos, restrictivas para pobres peregrinos y protectoras para pobres auténticos.
  • Real Carta y Real Instrucción de Carlos I (1540): Estas disposiciones afrontaron de manera integral el problema de la pobreza. Se examinó la autenticidad del pobre, se requirió licencia para mendigar, se prohibió mendigar fuera del lugar de origen y se recomendó el reemplazo de la mendicidad callejera por la asistencia en hospitales.
  • Ordenamiento de las Cortes de Valladolid (1548): Se insistió en la necesidad de reducir hospitales.
  • Ordenamiento de las Cortes de Valladolid (1555): Se instó al Rey a cumplir con las regulaciones anteriores sobre el cuidado de los pobres, incluyendo el nombramiento de «padres de pobres» en cada pueblo para facilitar oficios a los necesitados.
  • Real Pragmática de Felipe II (1565): Similar a la de 1540, esta fue otra disposición integral sobre la atención de los pobres. Se desterró a los falsos pobres, se permitió mendicidad en los verdaderos bajo licencia, se prohibió la mendicidad infantil y se restringió el recogimiento solo para los enfermos.
  • Acuerdos de Cortes de Madrid (1576 y 1592-1598): Se abordaron en profundidad los proyectos y obras de Miguel de Giginta y Cristóbal Pérez de Herrera.

Estas regulaciones delinearon una trayectoria en la que el gobierno español se esforzó por abordar el desafío de la pobreza, aunque su implementación y efectividad a menudo fueran limitadas. Estas acciones, a su vez, reflejaron un proceso de evolución en la perspectiva de la pobreza y la atención a los necesitados en la Europa de la Edad Moderna.

Acciones Administrativas

Las acciones administrativas en relación con la pobreza en el siglo XVI están estrechamente vinculadas a las medidas legislativas previas. Entre las más significativas se destacan:

  • Cédulas de pedir: Introducidas para discernir entre los verdaderos pobres y los fingidos. Esta diferenciación se establece a partir de ciertos requisitos, siendo la incapacidad para trabajar uno de los más notables. Los poseedores de estas licencias solo pueden solicitar limosna en sus lugares de origen o residencia. En este sentido, estas cédulas pueden considerarse precursores de los modernos sistemas de protección social, que se basan en la identificación precisa de las personas necesitadas de asistencia y protección.
  • Establecimiento de instituciones de asistencia: Tanto Carlos I como Felipe II subrayaron la importancia de proporcionar refugio a los pobres en hospitales, con el objetivo de reducir la mendicidad. Ambos monarcas instaron a ordenar los gastos de los hospitales existentes y proveerles de recursos necesarios a través de limosnas para asegurar su funcionamiento. Este enfoque refleja la preocupación por la subsistencia de estas instituciones y su capacidad para albergar a los necesitados.
  • Ayuda a los pobres vergonzantes: Siguiendo la opinión generalizada de la época, Carlos I y Felipe II implementaron medidas que permitían la ayuda a aquellos pobres que se encontraban en situaciones de necesidad pero no se atrevían a mendigar. Esto se realizaba mediante colectas públicas en las iglesias, brindando asistencia de manera discreta a aquellos que sentían vergüenza de pedir públicamente.
  • Supervisión del poder público: La ejecución de las normativas previas recae en autoridades como Alcaldes, Justicias, Jueces y Corregidores. Esto indica que la cuestión de la indigencia fue considerada un auténtico problema de orden público en la España del siglo XVI. La autoridad pública se involucró activamente en el control y gestión de la asistencia a los pobres.
  • Medidas punitivas: Estas medidas se aplicaban a aquellos pobres que no poseían la licencia correspondiente para mendigar. Sin embargo, como señaló Pérez Estévez (1976), estas medidas resultaron poco efectivas debido a la destreza de los propios pobres y a la negligencia de las autoridades judiciales. Esto refleja la complejidad y la dificultad de controlar y regular la mendicidad en la sociedad de la época.

Estas acciones administrativas, junto con las medidas legislativas, representaron los esfuerzos de la Monarquía española por abordar el desafío de la pobreza en un contexto de cambios sociales y económicos en los albores de la Edad Moderna.

Referencias

  • Alemán Bracho, C.., Alonso Seco, J.M.. and Fernández Santiago, P.. (2010) Fundamentos de servicios sociales. Valencia: Tirant lo Blanch.
  • ChatGPT

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